La deducción se aplicará a aquellas personas físicas que adquieran acciones o participaciones en la constitución de entidades de nueva creación o en la ampliación de capital de entidades con menos de 3 años de antigüedad, que lleven aparejado incremento del empleo, siempre que además del capital financiero aporten sus conocimientos empresariales o profesionales adecuados para el desarrollo de la empresa en la que invierten.
Según informa el Gobierno de la Comunidad de Madrid en nota de prensa "la medida persigue un doble objetivo: por un lado apoyar a las iniciativas emprendedoras de los denominados business angels y, por otro, favorecer la creación de empleo".
El importe de la deducción será del 20% de las cantidades invertidas, con el límite máximo de deducción de 4.000 euros anuales. Además, debe tratarse de participaciones en Sociedades Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada, Sociedades Anónimas Laborales o Sociedades de Responsabilidad Limitada Laborales. Estas entidades deben tener el domicilio social y fiscal en la región y desarrollar una actividad económica.
De esta forma las comunidades de Madrid y Cataluña, con unas deducciones similares, serán las primeras de España en aplicar ayudas fiscales a los business angels.
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